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Preparar la liberación condicional

Solicitar la liberación condicional

El proceso para solicitar la libertad condicional se puede realizar a la mitad de la condena. Un mes antes de la fecha se pide por escrito al GREFFE, normalmente es el consejero o consejara del SPIP quienes se encargan de hacer el trámite. En esa oportunidad deben prepararse los documentos  que demuestran la capacidad de la persona para reinsertarse en su país de origen.

El interesado debe anexar copia de la carta enviada a la aduana, informándole que no puede pagar la multa, dado que no trabaja, o en caso contrario, el SPIP informará al juez o jueza de aplicación de pena que la persona está pagando su multa.

Los documentos necesarios para solicitar la liberación condicional son los siguientes:

  • Acta de matrimonio, o constancia de concubinato. Acta de nacimiento de los hijos y/o hijas menores de 10 años.
  • Una carta en la cual la pareja de la persona detenida, o los padres, o cualquier familiar o amigo cercano, manifiesten su decisión de recibir en su casa a la persona detenida, una vez que regrese al país.
  • Copia de una factura de gas o de luz (atención: solo de gas o de luz), en la cual conste la dirección de la vivienda y el nombre de la persona que firma la carta anterior.
  • Una promesa de empleo: es una carta de alguna empresa que esté dispuesta a emplear a la persona privada de libertad, una vez que regrese al país.

Importante

  • TODOS ESTOS DOCUMENTOS PUEDEN SER ENVIADOS EN COPIA SIMPLE, VIA FAX.
  • NO ES NECESARIO LEGALIZAR NINGUN DOCUMENTO.
  • GUARDE UNA COPIA DE TODOS LOS DOCUMENTOS, EN CASO DE QUE SEA NECESARIO REENVIARLOS.